Contrato de alquiler de vivienda: todo lo que debes saber

Un contrato de alquiler de vivienda es un documento legal que regula la relación entre el propietario de una vivienda (arrendador) y la persona que la ocupa (arrendatario), estableciendo las condiciones y obligaciones de ambas partes. Se trata de un acuerdo de voluntades que debe respetar la legislación vigente, en especial la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es la que regula los alquileres de vivienda habitual.

¿Qué debe contener un contrato de alquiler de vivienda?

Un contrato de alquiler de vivienda debe contener, al menos, los siguientes datos y cláusulas:

  • La identificación de las partes: nombre, apellidos, DNI o NIE y domicilio de ambos.
  • La descripción de la vivienda: ubicación, superficie, distribución, estado, servicios y equipamiento. Es conveniente adjuntar un inventario de los bienes que se entregan al inquilino y su estado de conservación.
  • La duración del contrato: se puede pactar libremente, pero el inquilino tiene derecho a prorrogarlo anualmente hasta un máximo de cinco años (siete si el arrendador es una persona jurídica), salvo que manifieste su voluntad de no renovarlo con al menos 30 días de antelación al vencimiento de cada año. Pasado ese plazo, si ninguna de las partes se opone, el contrato se prorrogará de año en año hasta un máximo de tres años más, a voluntad del inquilino.
  • La renta: es el precio que el inquilino debe pagar al propietario por el uso de la vivienda. Se puede pactar libremente, pero solo se puede actualizar anualmente según el Índice de Garantía de Competitividad (IGC) o el índice que se acuerde entre las partes. El propietario no puede exigir el pago de más de una mensualidad de renta como fianza, salvo que se trate de un contrato de larga duración. Además, las partes pueden pactar otras garantías adicionales, como un aval bancario o un seguro de impago.
Contrato de alquiler de vivienda
  • Los gastos: se debe especificar qué gastos asume cada parte, como los de comunidad, suministros, impuestos o reparaciones. Por defecto, los gastos de conservación y mantenimiento de la vivienda corresponden al propietario, mientras que los gastos de consumo y uso ordinario corresponden al inquilino. 
  • Las cláusulas adicionales: se pueden incluir otras cláusulas que regulen aspectos como la subrogación, la cesión, el subarriendo, la realización de obras, el derecho de adquisición preferente, la resolución anticipada, la penalización por impago o la renuncia al desistimiento, siempre que no sean contrarias a la ley ni a los derechos del inquilino.

     

    ¿Cómo hacer un contrato de alquiler de vivienda?

    Para hacer un contrato de alquiler de vivienda, se puede utilizar un modelo o plantilla que se adapte a las necesidades y circunstancias de cada caso. En Internet se pueden encontrar diversos modelos de contratos de alquiler de vivienda, como los que ofrecen la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) 1 o el portal inmobiliario idealista 2. Estos modelos contienen las cláusulas básicas y necesarias para formalizar un contrato de alquiler de vivienda, pero se pueden modificar o ampliar según el criterio de las partes.

    No obstante, se recomienda contar con el asesoramiento de un profesional especializado en materia de alquileres, que pueda revisar el contrato y resolver las dudas que puedan surgir. Una buena opción es acudir a una asesoría de confianza, que ofrezca un servicio integral y personalizado a sus clientes. Por ejemplo, si se busca una asesoría en Fuenlabrada, se puede optar por Asesoría Fuenlabrada PYB, que cuenta con más de 20 años de experiencia en el asesoramiento fiscal, laboral, contable, mercantil e inmobiliario, para clientes particulares, pymes, autónomos y profesionales liberales. Otra opción es Asesoría Sotos 4, que ofrece un gran número de servicios a autónomos, empresas, comunidades de vecinos y particulares, con 10 años de experiencia.

     

    ¿Qué ventajas tiene hacer un contrato de alquiler de vivienda?

    Hacer un contrato de alquiler de vivienda tiene varias ventajas, tanto para el propietario como para el inquilino, entre las que se pueden destacar las siguientes:

    • Aporta seguridad jurídica y evita posibles conflictos, al quedar por escrito los derechos y obligaciones de cada parte, así como las condiciones del alquiler.
    • Permite beneficiarse de las ventajas fiscales que ofrece el alquiler, como la deducción por alquiler de vivienda habitual en el IRPF, tanto para el propietario como para el inquilino, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
    • Facilita el acceso a la vivienda, al ser una opción más flexible y económica que la compra, especialmente para los jóvenes y las personas con ingresos bajos o inestables.
    • Favorece la movilidad geográfica y laboral, al permitir cambiar de vivienda con mayor facilidad en función de las necesidades o preferencias de cada uno.
    • Contribuye al aprovechamiento de las viviendas vacías y al dinamismo del mercado inmobiliario, al generar una oferta y una demanda de alquiler más amplia y diversa.

       

       

    ¿Qué inconvenientes tiene hacer un contrato de alquiler de vivienda?

    Hacer un contrato de alquiler de vivienda también puede tener algunos inconvenientes, que conviene tener en cuenta antes de decidirse por esta opción. Algunos de ellos son los siguientes:

    • Implica una menor estabilidad y seguridad que la propiedad, al depender de la voluntad y el cumplimiento del contrato por parte del propietario, que puede rescindirlo por causas justificadas o subir la renta al finalizar el plazo pactado.
    • Supone un gasto periódico que no se recupera, a diferencia de la compra, que supone una inversión a largo plazo y una forma de ahorro.
    • Exige el cumplimiento de una serie de requisitos y obligaciones, como el pago puntual de la renta y los gastos, el cuidado y conservación de la vivienda, el respeto a las normas de la comunidad, el pago de impuestos y tasas, etc.
    • Implica asumir ciertos riesgos, como el impago, el desahucio, el deterioro, el incumplimiento, el fraude, etc., que pueden derivar en problemas legales y económicos para las partes.

     

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    Asesoría PYB te ayudará a redactar un contrato de alquiler de vivienda que se adapte a la legislación vigente y a las condiciones que pactes con la otra parte, garantizando tus derechos y obligaciones. Además, te asesorará sobre las ventajas fiscales que puedes obtener por el alquiler, así como sobre los trámites y gestiones que debes realizar.

    Asesoría PYB cuenta con un equipo de expertos en el sector inmobiliario, con amplia experiencia y formación continua, que te atenderá de forma personalizada y resolverá todas tus dudas. Asesoría PYB tiene su sede en Fuenlabrada, pero ofrece sus servicios en toda la Comunidad de Madrid y en el resto de España, gracias a su plataforma online y a su atención telefónica y por correo electrónico.

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